Una prueba de paternidad legal permite resolver las dudas que puede haber de parentesco entre dos o más personas. No se trata de un recurso meramente informativo, sino que en este caso es posible usarlo ante un tribunal para reconocer una paternidad, por ejemplo, o cualquier otro tipo de relación que pueda haber entre una familia.
Esta prueba se puede exigir por parte de la persona que sospeche que haya un vínculo con otra que puede haberse negado. Esto se recoge en el artículo 767.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de 7 de enero, que expone que solamente en los juicios de filiación —es decir, aquellos en los que una persona reclama la paternidad o maternidad de otra— se admitirán pruebas biológicas, o de cualquier otra índole, para confirmar o desmentir esto.
Sin embargo, para que una prueba de paternidad legal se pueda llevar a cabo, debe haber pruebas que fundamente la necesidad de someterse a ella. En caso contrario, se puede desestimar la petición y es que solo un juez puede obligar a una persona a realizarse esta prueba cuando existan fundamentos y razones de peso para ello.
La realización de esta prueba no requiere de extracción de sangre, sino que con un hisopo que se colocará en la boca y se frotará contra las paredes, las encías, la lengua, etc., será suficiente para recopilar todo el ADN que posteriormente se analizará y se contrastará en el laboratorio. Por tanto, es una prueba muy poco invasiva.
No obstante, para que los resultados sean lo más precisos posible, se recomienda que media hora antes, o incluso un poco más, no se fume, se beba o se coma. Así, se evitará cualquier tipo de interferencia que pueda alterar los resultados que estarían alrededor de unos 15 días. Aunque, si existiesen dudas, se podría realizar una prueba de sangre.